17 agosto, 2026

Te decimos cómo puedes pedir el Servicio de Asistente Personal

por | Salud, Servicios

Te decimos cómo puedes pedir el Servicio de Asistente Personal

El servicio de asistente personal se puede pedir si tienes reconocido cualquier grado de dependencia, tienes entre 3 y 64 años y tu PIA prescribe esta prestación. Es el recurso de la Ley de Dependencia que permite a una persona ir a clase, incorporarse a un empleo o participar en la vida de su barrio con los apoyos que necesita.

¿Qué es el servicio de asistente personal?

El asistente personal es la profesional o el profesional que apoya a una persona en situación de dependencia para que desarrolle su proyecto de vida independiente. Su finalidad legal es facilitar el acceso a la educación y al trabajo, además de la inclusión y la participación en la comunidad.

Esto significa que el apoyo lo dirige la persona usuaria. Ella decide qué hace, cuándo y cómo. La asistencia personal está para que esa decisión sea posible, no para tomarla en su lugar. Es la traducción práctica del artículo 19 de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

¿Quién puede pedir el servicio de asistente personal?

Hay que cumplir cinco requisitos. Estos son, uno a uno:

  • Grado de dependencia reconocido. Sirve cualquiera de los grados valorados, también el grado I.
  • Edad entre 3 y 64 años. Haber cumplido los 3 y no haber cumplido los 65.
  • Proyecto de vida independiente. El equipo multidisciplinar de Asistenzia lo prepara junto a la persona usuaria y su familia, en colaboración con otros recursos.
  • Prescripción en el PIA. El Programa Individual de Atención debe recoger la idoneidad de la prestación, conforme al informe social del entorno (ISE).
  • Contrato formalizado. Contrato laboral con la persona asistente o contrato de prestación del servicio con una empresa acreditada.

Dos excepciones de edad que casi nadie conoce

La normativa valenciana abre dos puertas más. Las personas mayores de 65 años pueden solicitarla cuando una enfermedad sobrevenida, no derivada de la edad, les impide continuar con su proyecto de vida independiente. Y el PATI puede mantenerse hasta los 21 años si la persona sigue dentro del sistema educativo y no cumple los requisitos de acceso al asistente personal para adultos.

¿Qué tipos de asistente personal existen?

Existen dos modalidades, separadas por la edad y por el enfoque del apoyo.

PATI: menores de 18 años

El PATI (Persona Profesional de Asistencia Terapéutica Infantil) atiende a niños, niñas y adolescentes desde los 3 años. Tiene carácter rehabilitador, terapéutico y de acompañamiento: refuerza la autonomía del menor y traslada a su día a día lo trabajado en logopedia, fisioterapia o atención temprana. No sustituye a esos tratamientos, los complementa.

Asistente personal: de 18 a 64 años

Esta modalidad se organiza alrededor de lo que la persona quiere hacer con su vida adulta. Apoyo en el aula universitaria, en el puesto de trabajo, en la gestión del hogar, en el deporte o en el ocio con amigos.

¿Cómo se solicita paso a paso?

La solicitud se tramita a través de tu trabajadora o trabajador social de referencia, en tu centro social. Puedes pedirla al tramitar por primera vez la Ley de Dependencia, indicándolo en las preferencias de la solicitud inicial, o más adelante mediante la solicitud de nuevas preferencias de servicios y prestaciones.

Lo que decide el expediente es el proyecto de vida independiente. Es el documento que recoge tus objetivos, las tareas de apoyo y el horario, y el que explica por qué este recurso encaja con tu situación. De él dependen las horas y el importe que después figuren en tu PIA, junto con el grado reconocido.

¿Qué hace Asistenzia en cada fase?

En Asistenzia contamos con un equipo de Trabajo Social que acompaña todo el recorrido, con años de experiencia en expedientes de dependencia:

  • Resolvemos dudas y tramitamos. Te orientamos sobre el procedimiento y te ayudamos con la solicitud.
  • Elaboramos el proyecto de vida independiente contigo, definiendo objetivos, tareas y horario.
  • Seleccionamos a la persona profesional contigo. Participas en el proceso. Según tus necesidades puede ser Grado en Educación Especial, Pedagogía, Psicología, Terapia Ocupacional o Técnico en Integración Social, entre otros perfiles.
  • Garantizamos la continuidad del servicio. Cubrimos al asistente personal en vacaciones y en caso de enfermedad.
  • Hacemos seguimiento desde coordinación una vez el servicio está en marcha.

Somos empresa acreditada dentro del listado autonómico de entidades especializadas en Asistencia Personal, requisito imprescindible para formalizar el contrato de prestación del servicio. También lo somos para el servicio de Ayuda a Domicilio de la Ley de Dependencia.

Si crees que tu caso encaja, revisa tu grado de dependencia reconocido y habla con tu trabajadora social. Y si tienes dudas, escríbenos a Asistenzia: lo miramos contigo y, si procede, preparamos el proyecto de vida independiente. La ficha oficial del recurso está publicada en el portal de Servicios Sociales de la Generalitat Valenciana.

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